jueves, 8 de agosto de 2019

Seguro de Accidentes



1.- OBJETIVO
Gestionar de manera correcta el cumplimiento del seguro de accidente escolar.
2.- ALCANCE
Alumnos regulares de la universidad de Tarapacá que sufran accidentes o lesiones durante o con ocasión del desarrollo de las actividades académicas universitarias, tales como:

§  Los que ocurran con causa u ocasión de los estudios, excluyendo los períodos de vacaciones.
§  Los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, desde la residencia del estudiante (vereda) y el establecimiento educacional, o el lugar donde realicen su práctica educacional.
§  Los que ocurran en el lugar de la práctica Profesional (dentro del país).
§  Los Alumnos que se encuentren en actividades en representación de la  Universidad  (dentro del país).

3.- RESPONSABILIDADES
Responsables de Ejecución:

§  Personal Universitario Responsable del Alumno en el momento del accidente.
§  Prevencionista de Riesgo de la Universidad de Tarapacá.
§  Personal del Servicio Médico Estudiantil.

Responsable de supervisión:

§  Prevencionista de riesgo debe supervisar el funcionamiento de botiquín dentro de las estaciones de guardias.
§  Jefe de seguridad supervisar las acciones de los guardias.
§  Coordinadora de servicio médico debe supervisar las acciones del personal del servicio médico de estudiantes.
Responsable del cumplimiento:
§  Director de asuntos estudiantiles.
§  Jefes de carrera.
§   Director de Logística y operaciones.


4.-  DEFINICIONES:

4.1.- Accidente Escolar: Toda lesión que sufra un estudiante a causa o con ocasión de sus estudios, la práctica o el trayecto, que le produzca incapacidad o muerte. (MINEDUC)

4.3 Duración: Hasta la entera recuperación o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente.

4.4.- Cobertura: a todo alumno regular de la universidad

4.5.- No califica como accidente escolar: Aquellos producidos intencionalmente por la víctima, o los ocurridos por una fuerza mayor, que no tengan relación con los estudios o la práctica profesional. 

4.6.- Estudios: Aquellos que corresponden al proceso de enseñanza aprendizaje de las asignaturas que conforman el respectivo plan anual y también aquellos que comprendan las actividades extraescolares. Los directores de los establecimientos educacionales debieran establecer qué actividad(es) es (son) de educación extraescolar. (Ministerio de Educación).

5.- MODO OPERATIVO O DESARROLLO:

5.1  Generalidades

§  No tendrá derecho al seguro de accidente escolar aquel estudiante que haya recibido atención
Médica particular previa.

§  La negativa por parte del estudiante a utilizar el seguro de accidente escolar es irrevocable.

§  El Seguro de accidente escolar debe ser utilizado en Centro Asistencial Estatal.

5.2 Casos Especiales que cubre el Seguro
§  Estudiantes con régimen de internado

§  Estudiantes que deben pernoctar fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad de autoridades educacionales con motivo de la realización de su práctica profesional.

§  Estudiantes en visita a bibliotecas, museos, centros culturales, etc., siempre y cuando estén incorporados en la programación de la universidad y cuenten con la autorización respectiva.

§  Actividades extra escolares que estén reconocidas por el Mineduc.

5.3  Recepción y evaluación del estudiante:

§  En primera instancia el accidente debe ser informado al departamento de logística y Operaciones: (DLO N° 009/2015)
§  Prevencioncita de Riesgos   comunica al servicio médico de estudiantes del accidente  y acude en conjunto con  técnico paramédico.
§  Técnico Paramédico y prevencionista otorgan primeros auxilios y deben consultar al estudiante si desea acogerse o no al Seguro de Accidente Escolar.
§  En caso de que el estudiante no quiera acogerse al seguro, debe firmar la declaración en la cual rechaza el beneficio.

5.4  Derivación a Centro Asistencial

§  Si el estudiante acepta acogerse al seguro de Accidente Escolar y la lesión es clasificada como leve, es derivado al servicio de urgencia público más cercano.


§  Si el accidente o lesión es clasificado como grave o con pérdida de conciencia, quien se encarga de atender la urgencia debe reportar en forma inmediata lo sucedido al Servicio de Urgencia público más cercano y solicitar ambulancia.

§  Después de solicitar la ambulancia el personal a cargo del alumno debe comunicar lo ocurrido  a la DLO y Servicio Médico de Estudiantes.

§  En caso de presentarse el accidente después del horario administrativo habitual, el personal a cargo del alumno debe comunicarse  con el guardia más cercano y derivar al alumno al centro público más cercano.

5.5  Registro  y  Entrega de la declaración del Accidente escolar en el servicio de Urgencia.

§  El Formulario debe ser entregado cuenta con tres copias.
§  Este debe ser entregado en el servicio de urgencia pública donde el alumno se presenta.
§ Este formulario debe ser completado por el funcionario responsable del alumno en el momento del accidente.

Nota: El formulario puede ser entregado  en el servicio de urgencia público donde el alumno fue derivado, hasta 24 hrs post accidente.

§  Si acuden al momento del accidente el Prevencionista o técnico paramédico, ellos  llenarán las tres copias del  Formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar  el cual debe ser entregado  al alumno o quién lo acompaña al servicio de urgencia , las tres copias deben ser presentadas en el Servicio de urgencia pública al cual fue derivado el alumno.

§  Si  al accidente acude el  guardia, él llenará las tres copias del formulario de accidente escolar  el cual debe ser entregado  al alumno o quién lo acompaña al Servicio de urgencia, las tres copias deben ser presentadas en el Servicio de urgencia pública al cual fue derivado el alumno.


 Nota:

§  Las 3 copias del formulario de declaración de accidente escolar pueden ser presentadas hasta 24 hrs. posterior al accidente escolar.
§  El alumno que acude a la urgencia sin formulario de declaración de accidente escolar debe comunicar en el centro asistencial que se trata de un accidente escolar.
§  Todas las secretarias de carreras cuentan con una copia del formulario.


5.6  Seguimiento del caso:

§  La persona que reporta  la urgencia debe avisar a la jefatura de Carrera sobre accidente.

§  Jefatura de carrera comunicará el caso a la  Dirección de Asuntos estudiantiles.

§  Cada vez que el estudiante es derivado a un Centro Asistencial público, el técnico paramédico del servicio médico de estudiantes debe ingresar la información en el registro Accidente Escolar DAE y seguir protocolo interno 002.

5.7  Gestión Seguro de Accidente Escolar fuera de la Ciudad


§  En caso de encontrarse en actividades académicas o deportivas representando a la Universidad y fuera de la ciudad el  funcionario o académico a cargo deberá solicitar en el Servicio Médico de estudiantes el  Formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar con anterioridad al viaje.
§  Los formularios no utilizados deben ser reintegrados a su regreso.

§  Los Jefes de Carrera deberán  informar por escrito, en un plazo de dos días hábiles al servicio médico de estudiantes  los datos personales del alumno accidentado (nombre, apellido, RUT , teléfono de contacto y el tipo de accidente).


6.- REGISTRO


Nombre
Código
Responsable de Mantención
Lugar de Archivo
Indexación
Tiempo
de Archivo
Disposición
Consentimiento Informado
001A
Técnico Paramédico de turno
Ficha clínica del alumno
Por fecha
Alumno egresado
Eliminación
Formulario Accidente Escolar
001B
Técnico Paramédico de turno
 Archivo de registros de accidente escolar
Por fecha
5 años
Eliminación
Registro de Accidente escolar
001C
Técnico Paramédico de turno
Archivo de registros de accidente escolar
Por fecha
5 años
Eliminación

7.- REFERENCIAS:
§  Guía 600 Mineduc
§  Decreto Supremo nº 313
§  Procedimiento de Seguro Escolar , Universidad de Antofagasta P-SEMDA-AP-03


8.- INDICADORES 

Nombre del indicador: Porcentaje de alumnos que se acogieron al Seguro escolar 

Responsable: Coordinadora Servicio Médico de estudiantes
Periodicidad de evaluación:
Informe  : semestral

Fuente:
Numerador: registro de consentimiento informados (rechazo seguro)

Denominador: registro de alumnos que se acogieron al seguro escolar

Forma de Cálculo:
Nº total de alumnos registrados como accidente escolar


Nº total de alumnos accidentados de seguro escolar
Umbral de Cumplimiento:  0.5%

Mecanismo de evaluación: Para poder evaluar el indicador debe existir  registro de estas actividades, el indicador debe ser evaluado semestralmente y debe tomarse como universo el total accidentes escolares de la universidad de Tarapacá
Informado a: Coordinador (a)  del Servicio médico estudiantil




9.- ANEXOS:

§  Formulario de Accidente escolar
§  Registro de accidente
§  Consentimiento Informado

10. DISTRIBUCIÓN:

§  Dirección de Asuntos Estudiantiles
§  Jefaturas de Carrera
§  Dirección de Logística y Operaciones
§  Dirección de Docencia


11. REGISTRO DE CAMBIOS

 No presenta